Show simple item record

dc.creatorGustale Cardoni, Juan Manuel
dc.date.accessioned2019-07-11T13:10:06Z
dc.date.available2019-07-11T13:10:06Z
dc.date.created2015-06-01
dc.date.issued2015-06-01
dc.identifier.urihttp://repositorio.bcp.gov.py/handle/123456789/85
dc.descriptionEl presente análisis debería iniciarse reconociendo que un artículo de esta naturaleza probablemente no hubiese tenido lugar un par de décadas atrás, cuando se concretó la última reforma de la legislación bancaria paraguaya. Las necesidades que prevalecían en aquellos tiempos eran distintas a las actuales y el escenario económico del país difería ostensiblemente con el que nos toca vivir hoy. Deviene entonces razonable pensar que muchas de las interrogantes que hoy se plantean los diversos actores del sistema financiero ni siquiera se encontraban en la agenda durante la década de los noventa. La propuesta de reformular las leyes bancarias se convierte así en un recorrido que desata pasiones y que impone -ineludiblemente- la necesidad de repensar una serie de posturas. Toda iniciativa reformadora es ambiciosa y -como no puede ser de otra forma- requiere romper paradigmas y acoger nuevos pensamientos que vayan un poco más allá de la concepción típica del sistema financiero. Huelga decir que uno de los principales motivos que obligan a nuestro país a explorar un nuevo marco legal constituye la irreversible tendencia hacia la globalización de los mercados financieros, lo que a su vez trae consigo -entre otras cosas- la incesante proliferación de estándares internacionales. Estos instrumentos (que adoptan diversos ropajes, tales como “estándares”, “buenas prácticas”, “recomendaciones”, etc.) se aglutinan en un paquete de soft law que la doctrina comúnmente denomina “arquitectura regulatoria financiera internacional”, la cual ha adquirido una incuestionable posición de relevancia. Sin duda, quien se muestre reacio a reconocer este fenómeno -y, sobre todo, a embarcarse en la tarea de comprenderlo más acabadamente- se encontrará en una posición por demás desventajosa y hasta le será prácticamente imposible subsistir en el entorno de las finanzas. Este artículo abordará algunas de las tendencias innovadoras que prevalecen en la actualidad en materia de regulación financiera, especialmente en cuanto a la influencia que varios de estos instrumentos pertenecientes al soft law ejercen sobre la manera en la que operan los mercados. Partiendo de la premisa de que esta “arquitectura regulatoria financiera” es realmente efectiva en su afán de regular los mercados y proporciona los incentivos suficientes para adherirse a estándares internacionales, se explorarán algunos de los argumentos más convincentes que subyacen a la propuesta de modificación de las leyes bancarias que rigen actualmente en el Paraguay.
dc.format.extent17 páginas
dc.format.mimetypeapplication/pdf
dc.language.isospa
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/
dc.subjectLEGISLACIÓN BANCARIA
dc.subjectPARAGUAY
dc.subject.ddc332.1
dc.titleAbandonando el unilateralismo y el status quo: es momento de romper paradigmas y de concretar la anhelada modificación de la legislación bancaria paraguaya
dc.typearticle
dc.subject.jelK0
dc.subject.keywordBANKING LEGISLATION
dc.subject.keywordPARAGUAY
dc.rights.accessRightsOpen Access
dc.type.spaArtículo
dc.type.hasversionPublished Version
dc.rights.ccCC0 1.0 Universal
dc.rights.spaAcceso abierto


Files in this item

Thumbnail
Thumbnail

This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record

http://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/This work is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0.This document has been deposited by the author (s) under the following certificate of deposit